Asesoría Fiscal – Modificación Reglamentos IRPF, IS, IRNR
Categoría: Asesoría fiscal.
Circular completa en PDF: Circular 6/2011 – Modificación Reglamentos IPRF, IS, IRNR
Disposición: Real Decreto 1788/2010 de 30 de diciembre BOE núm. 318 de 31 de diciembre de 2010
Real Decreto 1788/2010, de 30 de diciembre, por el que se modifican los Reglamentos de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes en materia de rentas en especie, deducción por inversión en vivienda y pagos a cuenta.
Resumen:
El Real Decreto 1788/2010 modifica los Reglamentos de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sobre Sociedades (IS) y sobre la Renta de no Residentes (IRNR) en materia de rentas en especie, deducción por inversión en vivienda y pagos a cuenta.
- El Reglamento del IRPF se modifica con la finalidad de:
- Establecer los requisitos que han de cumplir las fórmulas indirectas de pago a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de los trabajadores entre su lugar de residencia y su centro de trabajo, para que no sean consideradas como rendimientos del trabajo en especie.
- Someter a retención a las cantidades percibidas en los supuestos de reparto de la prima de emisión de acciones o reducción de capital social con devolución de aportaciones efectuadas por sociedades de inversión de capital variable y otros organismos de inversión colectiva.
- Aprobar la nueva escala de retenciones aplicable a los rendimientos del trabajo y adaptar la regulación reglamentaria en materia de cuentas-vivienda y en materia de determinación de las retenciones e ingresos a cuenta, a practicar sobre los rendimientos del trabajo, y de los pagos fraccionados correspondientes a actividades económicas.
- Los Reglamentos del IS y del IRNR se modifican con la finalidad de someter a retención las cantidades percibidas en los supuestos de reparto de la prima de emisión de acciones o reducción de capital social con devolución de aportaciones efectuadas por sociedades de inversión de capital variable y otros organismos de inversión colectiva.
- El Real Decreto 1788/2010 entrará en vigor el día 1 de enero de 2011.
Desde nuestro departamento de asesoría fiscal les comunicamos que el pasado 31 de diciembre de 2010 fue publicado en el B.O.E. el Real Decreto 1788/2010, de 30 de diciembre, por el que se modifican los Reglamentos de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes en materia de rentas en especie, deducción por inversión en vivienda y pagos a cuenta.
Las modificaciones recogidas en este Real Decreto serán aplicables a partir del día 1 de enero de 2011.
Modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Las modificaciones son las siguientes:
- Se añade un nuevo artículo 46 bis al Reglamento para establecer los requisitos que han de cumplir las fórmulas indirectas de pago para que sean consideradas como cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de los trabajadores entre su lugar de residencia y su centro de trabajo y, de esta forma, no ser consideradas como rendimientos del trabajo en especie.
- Se modifica el artículo 56.2 del Reglamento para aclarar que, a los exclusivos efectos de conocer si se ha destinado correctamente el saldo de la cuenta vivienda, no debe tenerse en cuenta la cuantía de la base imponible del contribuyente correspondiente al período impositivo en que se adquiera o rehabilite la vivienda o a los períodos impositivos posteriores.
- Se modifican los artículos 75.3 h), 76.2 y 93.5 del Reglamento con la finalidad de someter a retención a las cantidades percibidas en los supuestos de reparto de la prima de emisión de acciones o reducción de capital social con devolución de aportaciones efectuadas por sociedades de inversión de capital variable y otros organismos de inversión colectiva.
- Se modifican los artículos 85.1.1.º y 87.5 del Reglamento para aprobar la nueva escala de retenciones que resultará aplicable en 2011 para calcular el tipo de retención aplicable a los rendimientos del trabajo, quedando fijado el tipo máximo de retención en el 45 por ciento.
- Se modifican los artículos 86.1, 88.1 y 110.3 del Reglamento para fijar en 22.000 euros el nuevo importe de los rendimientos del trabajo o de actividades económicas que permiten anticipar la futura deducción por inversión en vivienda al cálculo del tipo de retención o del pago fraccionado.
- Mediante la incorporación de una disposición transitoria undécima en el Reglamento del Impuesto, el límite del párrafo anterior se establece en 33.007,20 euros para aquellos contribuyentes que con anterioridad al 1 de enero de 2011 ya hubieran satisfecho cantidades destinadas a inversión en vivienda habitual.
Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio.
Las modificaciones son las siguientes:
- Se modifican los artículos 58, 59, 60 y 62 del Reglamento con la finalidad de someter a retención las cantidades percibidas en los supuestos de reparto de la prima de emisión de acciones o reducción de capital social con devolución de aportaciones efectuadas por sociedades de inversión de capital variable y otros organismos de inversión colectiva.
Modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio.
Las modificaciones son las siguientes:
Se modifican los artículos 10 y 11 del Reglamento con la finalidad de someter a retención las cantidades percibidas en los supuestos de reparto de la prima de emisión de acciones o reducción de capital social con devolución de aportaciones efectuadas por sociedades de inversión de capital variable y otros organismos de inversión colectiva.
Para cualquier duda o aclaración contacte con nuestro departamento de asesoría fiscal.