TODOS LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS DEBERÁN INCORPORARSE AL SISTEMA RED O SEDESS, ANTES DEL 1 DE OCTUBRE DE 2018.

El 1 de marzo de 2018, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social aprobó la Orden ESS/214/2018, que entró en vigor el 1 de abril de 2018, que modifica la Orden ESS/484/2013 reguladora del  Sistema de Remisión Electrónica de Datos, que extiende su aplicación, entre otros, a los trabajadores por cuenta propia integrados en el RETA.

La Orden ESS/214/2018 fija un plazo para cumplir con la normativa. Hasta el 30 de septiembre de 2018 los trabajadores autónomos que a 1 de abril de 2018 figuren en alta en el régimen correspondiente y no estén incorporados al Sistema RED han de proceder entrar en el sistema electrónico en cualquiera de las formas previstas al efecto. Esa incorporación determinará, asimismo, la inclusión obligatoria de esos trabajadores en el sistema de notificación electrónica mediante su comparecencia en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo.

Vicente Serna Ballester
Departamento Laboral de 1980 Consultors Legals, S.L.

AEAT

Modelos 111, 115, 123, 130, 131, 303 y 349, correspondientes al 1er trimestre de 2017. Modelo 202 1er período 2017

A continuación les informamos sobre los plazos de presentación de las siguientes declaraciones correspondientes al 1º Trimestre del ejercicio 2017:

PLAZO: 20 de abril:

I.R.P.F./I.S.:

  • Retenciones del trabajo y profesionales (Modelo 111)
  • Retenciones de arrendamientos de locales (Modelo 115)
  • Retenciones del capital mobiliario (Modelo 123)
  • Pagos fraccionados (Modelos 130 y 131)

 

I.V.A.:

  • Declaración régimen general (Modelo 303)
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Modelo 349)

 

I.S.:

  • Pago fraccionado Impuesto sobre Sociedades ejercicio 2017 (modelo 202)

 

Debido a las fiestas de Semana Santa, les informamos que el plazo de presentación de declaraciones se adelanta este año hasta el próximo 12 de abril para aquellas declaraciones tributarias que resulten una cantidad a ingresar y se quiera domiciliar su pago.

Con el fin de proceder a su correcta confección les rogamos nos faciliten los datos de ingresos y gastos, los listados de los registros de IVA, las cuentas de mayor de IVA soportado y repercutido y las cuentas 4751 de retenciones del 1º Trimestre de 2017.

Esperamos recibir los datos solicitados a la mayor brevedad posible y aprovechamos para saludarles.

Acto de Conciliación

¿En qué consiste un Acto de Conciliación Laboral para las empresas y empleados?

Antes de iniciar un proceso judicial, el empleado y la empresa pueden llegar a un acuerdo en el acto de conciliación laboral. Este procedimiento es obligatorio en las reclamaciones más habituales, cuando el trabajador no está conforme con el despido o cuando se le deben salarios. Le explicamos lo que debe saber al respecto.

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¿Cómo cotizan los autónomos societarios para 2.017?

La base mínima de cotización para los autónomos societarios o con más de 10 trabajadores a su cargo en el ejercicio anterior se fija en 1.152,90 euros mensuales, en línea con el incremento de un 8% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

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Publicada la orden de cotización a la Seguridad Social para 2017

En el BOE del día 11 de febrero se ha publicado la Orden ESS/106/2017, de 9 de febrero,  que desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2017, con efectos desde el 1 de enero.

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CALENDARIO LABORAL 2017

Ya disponéis del calendario laboral del próximo año 2.017. Tan sólo tenéis que hacer click en el siguiente enlace Calendario Laboral 2017

Circular 5/2016 Campaña verificación registro jornada trabajadores

Circular completa en PDF: Circular 5-2016 Campaña verificación registro jornada trabajadores

¡Atención! La Inspección de Trabajo ha iniciado una campaña para verificar si las empresas registran la jornada de sus trabajadores

La Inspección ha endurecido los controles y está incrementando la revisión de aquellos aspectos que tengan que ver con la actividad de la empresa, sus empleados y el horario de funcionamiento, con especial atención a los registros de jornada y cuadrantes de trabajo de trabajadores a tiempo parcial. Si el incumplimiento se debiera a cuestiones formales o documentales se contempla una multa de entre 60 y 625 euros, pudiendo ser de hasta 6.250 euros en caso de incumplimiento en materia de jornada.

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Circular 4/2016 Impuestos 3º Trimestre 2016

Circular completa en PDF: Circular 4-2016 Impuestos 3T 2016

A continuación les informamos sobre los plazos de presentación de las siguientes declaraciones correspondientes al 3º Trimestre del ejercicio 2016:

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