Entradas

Asesoría Fiscal – Orden EHA/3302/2010 Modelos 171, 187, 193, 196 y 291

Categoría: Asesoría fiscal

Circular completa en PDF: Circular 2/2011 Orden EHA-3302-2010 Modelos 171, 187, 193, 196 y 291

Disposición: Orden EHA/3302/2010 BOE núm. 310 de 22 de diciembre de 2010

 

Orden EHA/3302/2010, de 16 de diciembre, por la que se modifican los diseños físicos y lógicos de los modelos 171, 187, 193, 196 y 291.

Resumen:

Desde nuestro departamento de asesoría fiscal, les comunicamos que la Orden EHA/3302/2010 de 16 de diciembre (publicada en el BOE del 22 de diciembre de 2010) ha introducido una serie de modificaciones en los modelos 171, 187, 193, 196 y 291.

Entrada en vigor:

  • Modelos 171, 187 y 193, para las declaraciones que deban presentarse a partir del día 1 de enero de 2011, referidas a información del ejercicio 2010 y siguientes.
  • Modelos 196 y 291, para las declaraciones que deban presentarse a partir del 1 de enero de 2012 referidas a información del ejercicio 2011 y siguientes.

La Orden EHA/3302/2010 de 16 de diciembre (publicada en el BOE del 22 de diciembre de 2010) ha introducido una serie de modificaciones en los modelos 171, 187, 193, 196 y 291 con el objetivo, en unos casos, de lograr una mayor especificación de la naturaleza de determinados datos que se exigen en los modelos, y en otros casos, adaptar su contenido a la legislación vigente.

Modelo 171 (declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento)

Esta declaración ha de ser presentada por las entidades de crédito y las demás entidades que, de acuerdo con la normativa vigente, se dediquen al tráfico bancario o crediticio.

La modificación introducida es la siguiente:

  • Se tendrá que declarar el nombre, los apellidos y el NIF de la persona física que realice las imposiciones, disposiciones de fondos o cobros de cualquier documento superiores a 3.000 euros (aun cuando actúe en nombre de una persona jurídica).

Modelo 187 (declaración informativa y de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta por operaciones de adquisición y enajenación de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva)

La modificación introducida es la siguiente:

  • Se adecua el modelo a las modificaciones normativas mediante las cuales se amplía el contenido del artículo 49 del Reglamento que desarrolla la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, mediante la incorporación en dicho artículo de las SICAV índice cotizadas.

Modelo 193 (declaración informativa y de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario.)

Las modificaciones introducidas son las siguientes:

  • Se tendrán que declarar los dividendos y participaciones en beneficios no sometidos a retención o ingreso a cuenta.
  • Se identificarán los dividendos sometidos a retención o ingreso a cuenta por parte de las entidades depositarias de valores extranjeros cuando actúen como meras mediadoras en el pago de los mismos.

Modelo 196 (resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, declaración informativa anual de personas autorizadas y de saldos en cuentas de toda clase de instituciones financieras).

La modificación introducida es la siguiente:

  • Se crean nuevas claves que posibilitan la declaración de aquellas cuentas bancarias que cambien de condición durante el ejercicio, pasando de ser cuentas bancarias de persona residente a cuentas bancarias de persona no residente, y viceversa.

Modelo 291 (declaración informativa de cuentas de no residentes)

La modificación introducida es la siguiente:

  • Se crean nuevas claves que posibilitan la declaración de aquellas cuentas bancarias que cambien de condición durante el ejercicio, pasando de ser cuentas bancarias de persona residente a cuentas bancarias de persona no residente, y viceversa.

Entrada en vigor

Las modificaciones anteriores entrarán en vigor:

  • Modelos 171, 187 y 193, para las declaraciones que deban presentarse a partir del día 1 de enero de 2011, referidas a información del ejercicio 2010 y siguientes.
  • Modelos 196 y 291, para las declaraciones que deban presentarse a partir del 1 de enero de 2012 referidas a información del ejercicio 2011 y siguientes.

Para cualquier duda o aclaración contacte con nuestro departamento de asesoría fiscal.