Circular 13/2010 – Órdenes EHA/3061/2010, EHA/3062/2010 y EHA/3063/2010

Circular completa en PDF: Circular 13 – Ordenes EHA 3061-3062-3063

Disposiciones: Orden EHA/3061/2010 de 22 de noviembre BOE núm. 289 de 22 de 30 de noviembre de 2010

Orden EHA/3062/2010 de 22 de noviembre BOE núm. 289 de 30 de noviembre de 2010

Orden EHA/3063/2010 de 25 de noviembre BOE núm. 289 de 30 de noviembre de 2010

Resumen:

En el Boletín Oficial del Estado del 30 de noviembre de 2010 han sido publicadas las siguientes Órdenes:

    • Orden EHA/3061/2010, por la que se modifican los modelos 347, 390 y 190.
    • Orden EHA/3062/2010, por la que se modifica la forma de presentación de determinadas declaraciones informativas y resúmenes anuales y se modifica la Orden EHA/1658/2009 para permitir la domiciliación del modelo 111, entre otros modelos.
    • Orden EHA/3063/2010, que desarrolla para el año 2011 el método de estimación objetiva del IRPF (módulos del IRPF) y el régimen especial simplificado del IVA (módulos del IVA).

Orden EHA/3063/2010, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2011 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (módulos del IRPF) y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (módulos del IVA).

Esta Orden mantiene la misma estructura que su antecesora, la correspondiente al ejercicio 2010.

En relación con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se mantienen para el ejercicio 2011:

  • La cuantía de los módulos.
  • Los índices de rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas.
  • La reducción del 5 por ciento sobre el rendimiento neto de módulos derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.

Por lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden adapta los módulos a los nuevos tipos impositivos del Impuesto en vigor desde el pasado 1 de julio, tomando en consideración que tales tipos resultarán de aplicación durante la totalidad del ejercicio 2011.

    Orden EHA/3061/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, el modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA y el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.

    Las modificaciones recogidas en dicha Orden son las siguientes:

    Modelo 347

    Se añade un nuevo campo para informar el ejercicio en el que fueron declaradas las operaciones cuyos cobros en metálico se han de declarar por haber superado la cuantía de los 6.000 euros.

    Modelo 390

    Se modifica el modelo para poder consignar separadamente las operaciones gravadas de acuerdo con los tipos impositivos vigentes antes y después de la subida que tuvo lugar el pasado 1 de julio.

    Modelo 190

    Se introduce una nueva clave (“M”) para identificar los rendimientos del trabajo a los que resulta de aplicación el régimen especial “33ª Copa del América”.

    Entrada en vigor.

    Las anteriores modificaciones se aplicarán en los siguientes ejercicios:

      • Modelos 390 y 347: ejercicio 2010 y siguientes.
      • Modelo 190: solamente el ejercicio 2010.

      Orden EHA/3062/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifican las formas de presentación de las declaraciones informativas y resúmenes anuales de carácter tributario correspondientes a determinados modelos y por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establece el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

      La Orden EHA/3062/2010, publicada en el B.O.E. del 30 de noviembre de 2010, entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2011 y tendrá efectos para:

        • los resúmenes anuales y declaraciones informativas señaladas en esta Orden cuyo plazo reglamentario de presentación se inicie a partir de dicha fecha.
        • las autoliquidaciones correspondientes a devengos producidos a partir de dicha fecha.

      A continuación detallamos las modificaciones recogidas en la presente Orden:

      1. Se amplía el ámbito de aplicación de la presentación obligatoria por vía telemática a través de Internet a las siguientes declaraciones informativas o resúmenes anuales:
        • Modelo 156. Declaración informativa anual. Cotizaciones de afiliados y mutualidades a efectos de la deducción por maternidad.
        • Modelo 183. Declaración informativa de determinados premios exentos del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.
        • Modelo 192. Declaración informativa anual de operaciones con Letras del Tesoro.
        • Modelo 194. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
        • Modelo 195. Declaración trimestral de cuentas u operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito en el plazo establecido.
        • Modelo 196. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, declaración informativa anual de personas autorizadas y de saldos en cuentas de toda clase de instituciones financieras.
        • Modelo 199. Declaración anual en euros de identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito.
        • Modelo 291. Declaración informativa de cuentas de no residentes.
        • Modelo 346. Resumen anual de subvenciones e indemnizaciones a agricultores o ganaderos.
        • Modelo 611. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Declaración Resumen Anual de los pagos en metálico del impuesto que grava los documentos negociados por Entidades Colaboradoras.
        • Modelo 616. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Declaración Resumen Anual de los pagos en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.
      2. Para los siguientes modelos, se eleva el umbral de presentación obligatoria a través de Internet a la cifra de 10.000.000 de registros declarados, posibilitando que a partir de dicha cifra se pueda optar por presentar en soporte directamente legible por ordenador o a través de Internet:
        • Modelo 038. Relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos.
        • Modelo 156. Declaración informativa anual. Cotizaciones de afiliados y mutualidades a efectos de la deducción por maternidad.
        • Modelo 159. Declaración anual de consumo de energía eléctrica.
        • Modelo 170. Declaración informativa anual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito.
        • Modelo 171. Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento.
        • Modelo 180. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes) sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
        • Modelo 181. Declaración informativa de préstamos y créditos, y operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
        • Modelo 182. Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas.
        • Modelo 183. Declaración informativa de determinados premios exentos del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.
        • Modelo 184. Declaración informativa anual de entidades en régimen de atribución de rentas.
        • Modelo 187. Declaración informativa de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones y participaciones.
        • Modelo 188. Resumen anual. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
        • Modelo 189. Declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.
        • Modelo 190. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
        • Modelo 192. Declaración informativa anual de operaciones con Letras del Tesoro.
        • Modelo 193. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas.
        • Modelo 194. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
        • Modelo 195. Declaración trimestral de cuentas u operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito en el plazo establecido.
        • Modelo 196. Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, declaración informativa anual de personas autorizadas y de saldos en cuentas de toda clase de instituciones financieras.
        • Modelo 198. Declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios.
        • Modelo 199. Declaración anual en euros de identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito.
        • Modelo 291. Declaración informativa de cuentas de no residentes.
        • Modelo 296. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta.
        • Modelo 299. Declaración anual de determinadas rentas obtenidas por personas físicas residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea y en otros países y territorios con los que se haya establecido un intercambio de información.
        • Modelo 340. Declaración informativa regulada en el artículo 36 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
        • Modelo 345. Declaración informativa anual de Planes de pensiones, sistemas alternativos, Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes Individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia.
        • Modelo 346. Resumen anual de subvenciones e indemnizaciones a agricultores o ganaderos.
        • Modelo 347. Declaración anual de operaciones con terceras personas.
        • Modelo 349. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
        • Modelo 611. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Declaración Resumen Anual de los pagos en metálico del impuesto que grava los documentos negociados por Entidades Colaboradoras.
        • Modelo 616. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Declaración Resumen Anual de los pagos en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.

        No obstante lo anterior, y siempre que el obligado tributario no tenga la forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada ni esté considerado como una gran empresa o gran contribuyente, se podrá presentar en impreso aquellas declaraciones que contengan hasta 100 registros de declarados en el caso de los modelos 038, 182 y 346 y hasta 15 registros de declarados en el caso de los modelos 180, 184, 188, 190, 193, 194, 195, 198, 199, 296, 345, 347 y 349.

      3. Se elimina la opción de envío de soportes colectivos que se encontraba disponible para los modelos 038 y 194.
      4. Solamente se podrá emplear hasta el 31 de diciembre de 2011 la forma de presentación telemática por teleproceso que se encontrase prevista para las declaraciones a que se refiere la presente Orden.
      5. Se modifica la Orden EHA/1658/2009 para extender el procedimiento de domiciliación a los siguientes modelos:
        • Modelo 111. Declaración mensual de retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y premios.
        • Modelo 222. Pago fraccionado Régimen de Tributación de los Grupos de Sociedades.
        • Modelo 353. Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
        • Modelo 430. Impuesto sobre primas de seguros. Declaración-Liquidación.
        • Modelo 560. Impuesto sobre la Electricidad. Declaración-Liquidación.
        • Modelo 561. Impuesto sobre la Cerveza. Declaración-Liquidación.
        • Modelo 562. Impuesto sobre Productos Intermedios. Declaración-Liquidación.
        • Modelo 563. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración-Liquidación.
        • Modelo 564. Impuesto sobre Hidrocarburos. Declaración-Liquidación.
        • Modelo 566. Impuesto sobre las Labores del Tabaco. Declaración-Liquidación.
        • Modelo 595. Impuesto Especial sobre el Carbón. Declaración-Liquidación.
      0 comentarios

      Dejar un comentario

      ¿Quieres unirte a la conversación?
      Siéntete libre de contribuir!

      Deja una respuesta