Categoría: IVA, IRPF, e Impuesto sobre Sociedades
Circular completa en PDF: Circular 7/2012 – Declaración informativa bienes en extranjero
Disposiciones: Real Decreto 1558/2012 de 15 de noviembre, BOE núm. 283 de 24 de noviembre de 2012
Ley 7/2012 de 29 de octubre, BOE núm. 261 de 30 de octubre de 2012
Las personas físicas y jurídicas residentes en España deberán de presentar, durante el primer trimestre de cada año, una declaración informativa sobre los bienes y derechos que posean en el extranjero.
Esta declaración informativa será exigible, por primera vez, para la información a suministrar correspondiente al ejercicio 2012.
No presentar en plazo esta declaración o presentarla incompleta, inexacta o con datos falsos será tipificado como infracción muy grave, oscilando las sanciones entre los 1.500 euros para la presentación extemporánea de la declaración y los 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada bien o derecho, en caso de incumplimiento absoluto de la obligación de información, con un mínimo de 10.000 euros.
Además, los valores de los bienes y derechos no declarados en la citada declaración informativa en el plazo estipulado para ello, serán considerados como ganancias patrimoniales no justificadas tanto en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades, y conllevará una sanción del 150% de la cuota resultante de regularizar dichas ganancias patrimoniales en dichos impuestos.
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